POLICIALVisto 2070 veces — 16 junio 2016

El imputado usaba título y registros adulterados que pertenecían a una profesional de Concepción.

El fiscal Cristian Aguilar Aranela, obtuvo una sentencia de condena en contra de José Marcelo Campos Peña de 41 años de edad, quién el Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, lo encontró culpable de cometer un delito de ejercicio ilegal de la profesión de prevencionista de riesgos, cometido en esta ciudad el año 2014. Por este ilícito le aplicó una pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo.

En la acusación el fiscal Aguilar estableció los siguientes hechos: durante los primeros meses del año 2014 el imputado se desempeñó en el cargo de asesor en prevención de riesgos, Zona Norte Copec, cargo para el cual debía tener el título de experto en prevención de riesgos con calificación de Sernageomin, adjuntando certificados de título de la Universidad Técnica Metropolitana de Ingeniero en Prevención de Riegos, y diversos otros títulos y acreditaciones ante el Sernageoming, los cuales al ser analizados registro por registro resultaron corresponder a otra personas, mientras que los títulos universitarios que ostentaba eran falsos.

El imputado renunció a su derecho a guardar silencio y dijo no estar seguro de haber firmado un contrato de trabajo como asesor de seguridad, ya que su labor era operar un camión y dijo no saber porque había títulos con su nombre ya que nunca había estudiado en ninguna universidad ni había hechos los cursos de Senageomin, ni menos contaba con registros de ese servicio.

Durante el juicio se escuchó el testimonio de la experta técnica en prevención de riesgos, Sandra Ivonne Freire Herrera, que si había cursado los estudios univeristarios y había hecho los cursos correspondientes que la acreditaban en Sernageomin y que reside actualmente en Concepción. Dijo que supo a través de colegas que había una persona en Antofagasta que estaba usando sus registros y por ello llamó al Sernageomin, ya que estaba preocupada en que esta persona que usaba sus registros pudiera cometer algún error y eso la perjudicara.

El Tribunal, luego de valorar la prueba presentada, dio por acreditado el delito de ejercicio ilegal de la profesión de prevencionista de riesgos y también la participación que en dicho delito cupo al acusado.
Atendido que reúne los requisitos legales se le sustituyó la pena privativa de libertad por reclusión nocturna en su hogar entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente, para lo cual se le instalará una tobillera electrónica a fin de poder monitorear telemáticamente el cumplimiento de la pena sustitutiva.

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