Empresas arriesgan multas entre $400 mil y más de $ 2 millones en caso que no respeten la normativa laboral.
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo García Gajardo, encabezó el proceso de fiscalización a las condiciones laborales de los conductores de buses interurbanos previo al último feriado largo del año, el cual arrojó una sanción por más de 4 millones de pesos a una empresa.
Un grupo de fiscalizadores de la Dirección del Trabajo llegó hasta el Terminal de Buses de Antofagasta “Cardenal Carlos Oviedo Cavada”, lugar donde el seremi también hizo un llamado a los pasajeros a denunciar los incumplimientos en que se pueda incurrir, como el no respetar las 5 horas como máximo de conducción de los choferes y no contar con descanso mínimo de 2 horas entre turnos de conducción.
Precisamente este último punto fue motivo de la multa, además de exceder la jornada laboral de 10 días continuos, totalizando una sanción por 120 UTM ($4.863.360) cursada a Transportes Cometa.
“Queremos que este fin de semana largo sea un momento de descanso junto a las familias y no que tengamos que lamentar accidentes. Es por eso, que se desarrollarán intensos controles a la jornada laboral de los conductores, pues sabemos que el cansancio afecta su capacidad de conducción y eso pone en riesgo no solamente a ellos, sino que también a todos los pasajeros del bus y a terceros”, destacó el seremi del Trabajo.
La autoridad, informó que las sanciones por no respetar la normativa son de $405.280, $1.621.120 ó $2.431.680 (10, 40 ó 60 UTM), dependiendo del número de trabajadores que posean entre 1 y 49, 50 y 199 ó 200 y más empleados.
“Este proceso de fiscalización se extiende por toda nuestra región y esperamos que las empresas cumplan altamente con la normativa laboral y así resguardar la vida y salud de los trabajadores y pasajeros”, enfatizó García.
Aspectos a fiscalizar
Las fiscalizaciones de la Dirección Regional del Trabajo, están enfocadas en las jornadas y descansos de los conductores de buses interurbanos, tales como:
-Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
-Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
-Descanso mínimo de 8 horas ininterrumpido dentro de un periodo de 24 horas
-Descanso de 8 horas al arribar a un terminal después de haber servido a un recorrido de 8 o más horas
-Descanso semanal y compensatorio
-Cumplimiento de ciclos de trabajo y descanso autorizados para los trabajadores, que son:
a) 7 días de trabajo continuados seguidos por 2 de descanso (7×2)
b) 9 días de trabajo continuados seguidos por 3 de descanso (9×3)
c) 10 días de trabajo continuados seguidos por 4 de descanso (10×4)
-El bus deberá contar con litera adecuada para el descanso del conductor, cuando corresponda.
Cabe destacar, que en todos los casos donde se constate una de estas infracciones se deberá suspender al trabajador afectado. De esta forma, el tripulante sorprendido en infracción deberá ser reemplazado por otro que sí cumpla con todas las exigencias legales.
El bus no podrá proseguir su recorrido mientras ese reemplazo no ocurra.

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