TURISMOVisto 1278 veces — 13 mayo 2013

Esto debido a la entrada en vigencia de la Ley de Turismo 20.423, cuya inscripción será obligatoria para ambos servicios turísticos. Los que no estén registrados y no cumplan con la normativa, arriesgan multas de 5 y 20 UTM.

Un importante llamado realiza Sernatur Antofagasta a los Servicios Turísticos de Alojamientos y Turismo Aventura de la región a que se registren, esto por la pronta entrada en vigencia de la Ley de Turismo 20.423, que obliga el registro de estos dos servicios turísticos, determinados como prioritarios. Éstos deberán estar registrados en el Registro Nacional de Sernatur al 23 de junio. Los que no sean parte, luego del cambio de normativa, arriesgan multas de entre 5 y 20 UTM.

La Directora Regional de Sernatur Irina Salgado recalcó que “hacemos un llamado a los empresarios que administren estos dos tipos de servicios a que se registren antes del 24 de junio, ya que son prioridad en el Registro Nacional de Prestadores Turísticos y por ley, deben ser parte de nuestra oferta turística formal. Ser parte del registro, es una muestra pública de la responsabilidad, el profesionalismo y el compromiso de un servicio con el turismo y con los viajeros”.

A la fecha, los servicios de alojamiento registrados en la Región son 175; Antofagasta con 35, Mejillones con 7, Taltal con 11, Calama con 23, Ollague con 3, San Pedro de Atacama con 87 y Tocopilla con 9. Actualmente, María Elena y Sierra Gorda no cuentan con este tipo de servicios.  En tanto, Turismo Aventura cuenta con 103 servicios registrados, los que se concentran en San Pedro de Atacama con 100 y Calama con 3.

En el marco de este llamado, la Directora Regional inició además un plan de coordinación con los nueve municipios de la región para reforzar los aspectos a considerar en la dictación de Ordenanzas Municipales para el otorgamiento de patentes a Servicios Turísticos, acción importante dentro de la nueva normativa.

Cabe recordar, que a partir del 23 de junio, los alojamientos a empresas no podrán seguir promocionándose con ninguna clase perteneciente a la Ley de Turismo, ya sea Hotel, Hostal, Residenciales, entre otras. El resto de los otros 15 tipos de servicios turísticos determinados en la Ley, como por ejemplo los restaurantes y similares, guías turísticos, transporte de pasajeros y agencias de turismo, pueden registrarse voluntariamente, y si lo hacen podrán ser parte de las acciones de promoción y difusión de Sernatur.

En el caso del Turismo Aventura, para quienes desarrollan estos servicios se les solicita adicionalmente el cumplimiento de estándares de seguridad. Luego de esto, el servicio pasa a ser parte del registro.

Registrarse es muy fácil, debe ingresar a la página www.calidadturistica.cl, allí el propio prestador deberá cargar los documentos solicitados, a modo de demostrar que su servicio es formal. El registro también se puede realizar dirigiéndose de forma presencial a las oficinas de Sernatur Antofagasta, Prat 384 Piso 1 Intendencia Regional.

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