La justicia condenó a Gildemeister a la devolución del monto de un auto un consumidor y de una indemnización de $3 millones quinientos mil tras no respetar el derecho a calidad y garantía, luego que el afectado comprara un vehículo nuevo que presentó fallas antes de cumplir el mes de uso.
Un consumidor Calameño compró un auto marca Zotye en la automotora Gildemeister, pagando $5.290.000.
Sin embargo, antes del mes de entregado y cuando el consumidor se dirigía a la ciudad de Mejillones, el vehículo empezó a tener problemas, por lo que llamó a la automotora, la cual le pidió que llevara el auto a revisión técnica, pues podría tener problemas con un sensor.
Tras el chequeo, nuevamente el vehículo continuó con problemas, esta vez al motor, teniéndolo que llevarlo nuevamente al servicio técnico. Posteriormente el auto empezó con problemas de ruidos en una de las ruedas traseras.
Tras esta situación, el consumidor pidió a la automotora un cambio del vehículo o la devolución del dinero pagado, lo cual le fue negado, señalándole que debía ser llevado nuevamente a la revisión técnica.
Al sentir que era un cuento de nunca acabar, el afectado interpuso el reclamo ante el SERNAC, pero pese a las gestiones del organismo en buscar una respuesta satisfactoria, la empresa no respondió, por lo que el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Calama.
En el juicio, la empresa se defendió señalando que el auto estaba en buenas condiciones y que además la acción judicial debía desestimarse, pues estaba prescrita, ya que había sido presentada fuera de los plazos establecidos por la Ley.
Tras analizar los antecedentes, el tribunal desestimó los argumentos de la empresa. Respecto del plazo, indicó que éste se suspende durante el tiempo que el bien esté siendo reparado en el ejercicio de la garantía legal.
Agregó además que existen antecedentes que confirman las fallas que tuvo el vehículo, las cuales no pudieron ser reparadas por la empresa, pese a las múltiples entradas al servicio técnico.
El tribunal explicó que con la compra de este vehículo, el consumidor sólo se consiguió hacerse de graves problemas, pues para adquirirlo tuvo que endeudarse que aún estaba pendiente de pago sumado a que el móvil no cumplió con los estándares de calidad que se requieren de todo producto comprado nuevo.
Considerando estos argumentos, el juzgado condenó a la automotora Gildemeister a la devolución del monto del auto al consumidor, descontándosele el IVA. Además tuvo que pagarle una indemnización de $3.500.000 por el daño ocasionado. También le aplicó a la empresa una multa de 30 U.T.M. (más de un $1 millón 200 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor.
El Director Regional del SERNAC, Marcelo Miranda, explicó que fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que los productos sean de calidad y no arriesguen su seguridad.
La autoridad regional agregó que todo producto nuevo tiene una garantía legal de tres meses desde la fecha de la compra que permite que los consumidores puedan optar por la devolución del dinero, la reparación, o el cambio por otro producto, según la elección del consumidor.
En el caso de los vehículos nuevos, las automotoras habitualmente ofrecen una garantía voluntaria que alarga ese plazo por 5 años o 100 mil km, pero suelen establecer ciertas condiciones como una primera revisión en los servicios técnicos autorizados. Si el vehículo no es apto o vuelve a fallar, los consumidores tienen derecho a ejercer las opciones de la garantía legal. Esto es, el cambio, reparación o la devolución de lo pagado, tal como lo han confirmado los tribunales en varios casos, dijo Miranda.
Finalmente, el Director Regional enfatizó que si un automóvil nuevo presenta daños que hacen que su funcionamiento no sea el que se esperaba al momento de comprar, aunque este sea reparado de acuerdo a las condiciones de la garantía voluntaria, el consumidor puede exigir además la indemnización de los daños que estas fallas produzcan.


















