Proyecto de ley que crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece registro de dichas inhabilidades.
Como una respuesta real a la familia y sociedad, calificó la seremi de Gobierno, Paulina Núñez la promulgación de la ley que establece inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de de toda persona que haya sido condenada por delitos sexuales contra menores de 18 años.
Es decir, explicó la seremi de Gobierno, quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo, empleo, oficio o profesión en el ámbito de la educación, jardines infantiles, educación preescolar, educación escolar o en cualquier otra actividad que por su naturaleza signifique una relación directa y habitual con nuestros niños
Adicionalmente a esta inhabilidad para trabajar o acercarse a menores, se aplica también a personas que hayan cometido otros delitos como la sustracción de menores, violación y violencia en contra de niños, quienes estarán incluidos en registro público para evitar que reincidan.
La modificación legal establece la inhabilidad perpetua para ejercer cargos o profesiones que involucren una relación directa y habitual con menores de edad cuando la víctima es menor de 14 años. En los demás delitos, en los que las víctimas sean menores de 18 años, pero hayan cumplido 14 años o sean mayores de 14, se mantiene la inhabilidad temporal.
“Con esta iniciativa esperamos llevar tranquilidad a muchas familias, que cuidan su mayor tesoro como son los niños. Por eso, el fin del proyecto es potenciar las finalidades de prevención y control respecto de los delitos sexuales contra menores de edad, así como la protección de la integridad sexual de los mismos, las cuales ciertamente se verían reforzadas si se fortalece el sistema actual de inhabilidades que el Código Penal contempla”.
De igual manera, estos objetivos se perfeccionarán al establecer una herramienta pública y de fácil consulta, disponible en forma gratuita, que permita, por una parte, a la ciudadanía disipar el temor o tomar las precauciones adecuadas frente a situaciones de potencial riesgo, y, por otra, a los órganos de control del delito identificar rápidamente a los reincidentes y agilizar los resultados de los procesos judiciales por este tipo de ilícitos.
Con esta modificación legal, ahora cualquier institución que trabaje con niños tiene la obligación de consultar ese registro. Para ello, el Registro Civil a través de su página web, va a poner a disposición de todos los ciudadanos y de todas las instituciones esta información tan útil y relevante.


















