CRÓNICAVisto 2396 veces — 14 marzo 2012

Esta mañana la Corte de Apelaciones emitió el fallo que rechaza la demanda por indemnización de perjuicios interpuesta por 43 ramaderos contra la Municipalidad de Antofagasta, en relación a la organización de las Ramadas Populares del año 2009, donde un grupo de comerciantes exigía una compensación por las supuestas pérdidas o bajas en sus ventas en dicha celebración.

Al respecto, el director (S) de Asesoría Jurídica, Eladio Cuadra, señaló que “el tribunal rectificó el fallo anterior donde sólo había acogido la demanda por daño moral, que en esta ocasión fue rechazado porque nunca existió ningún tipo de contrato entre el municipio y los ramaderos, sino que la Municipalidad autorizada por leyes especiales cedió permiso a estas personas para realizar actividades en las ramadas”.

En tanto la alcaldesa Marcela Hernando comentó al respecto “Estamos muy contentos porque finalmente se hizo justicia, aunque el daño de imagen hecho a la municipalidad y a esta administración no se recupera. Demostramos que como municipio actuamos de acuerdo a las leyes que nos rigen. Esto nos ha servido de experiencia y esperamos que a los ramaderos también”.

Antecedentes

La demanda fue interpuesta el 2010 por la Asociación de Ramaderos de Antofagasta por lucro cesante, daño emergente y daño moral, se exigía una indemnización por parte de la Municipalidad al grupo de comerciantes por un monto de mil 300 millones de pesos.

El primer fallo emitido sólo acogió la demanda por daño moral, bajando la indemnización a un total de 32 millones a los 43 locatarios que participaron en las ramadas del 2009, y con el actual fallo, el municipio no deberá pagar nada a los ramaderos.

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