CRÓNICAVisto 2455 veces — 07 junio 2013

Con esta ley se concreta la elección directa de consejeros regionales en  todo Chile, cumpliendo un importante compromiso con las regiones.

En una ceremonia encabezada por el Presidente de la República, Sebastián Piñera, se promulgó oficialmente la “Ley de Cores” que establece un sistema de elección directa y universal de los consejeros regionales y que debutará en las próximas elecciones de noviembre, y que se consolida como una medida que busca profundizar la democracia en regiones.

La ley promulgada establece que los consejeros regionales serán elegidos por sufragio universal, en votación directa, en elecciones que se realizarán cada cuatro años, en conjunto con las elecciones presidenciales y parlamentarias.

Con a lo menos siete meses de anticipación a la elección, el director del Servicio Electoral (Servel) determinará el número total de Cores a elegir en cada región y el que corresponda a cada circunscripción provincial, para lo cual considerará la población de habitantes consignada en el último censo nacional oficial.

De esta manera, cada consejo regional estará integrado por 14 consejeros en las regiones de hasta 400.000 habitantes; por 16 en las regiones de más de 400.000 habitantes; por 20 en las regiones de más de 800.000 habitantes; por 28 en las regiones de más de 1.500.000 habitantes; y por 34 en las regiones de más de 4.000.000 de habitantes.

Además, en cada región los consejeros se elegirán por circunscripciones provinciales, que se determinarán sólo para efectos de la elección. Cada provincia de la región constituirá, al menos, una circunscripción provincial y las provincias de mayor número de habitantes se dividirán en más de una circunscripción provincial.

Las candidaturas podrán ser declaradas por un partido, por un pacto de partidos, por un pacto entre un partido político e independientes, por un pacto de partidos e independientes, y por independientes, pudiendo haber subpactos.

El Consejo Regional se instalará el día 11 de marzo del año siguiente a la elección respectiva y se establece un mecanismo de reemplazo de los Cores en caso de fallecimiento o cese del cargo durante su mandato (igual al previsto para los concejales).

Los Cores tienen entre sus principales funciones resolver el destino de los fondos regionales, resolver sobre la planificación regional y desarrollo urbano y aprobar proyectos de inversión, entre otros.

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