CRÓNICAVisto 1656 veces — 01 diciembre 2017

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que acogió la demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios presentada en contra de BancoEstado, por incumplimiento de contrato de mutuo hipotecario.

En fallo unánime (causa rol 713-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Jasna Pavlich Núñez y la abogada (i) Macarena Silva Boggiano– confirmó, con costas, la sentencia impugnada, dictada el 27 de julio pasado por el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta, pero aumentó de $3.000.000 (tres millones de pesos) a $10.000.000 (diez millones de pesos) la indemnización que el banco deberá cancelar, por concepto de daño moral, a Cecilia Florencia Vásquez Maturana.

“(…) En cuanto al monto la suma regulada por el tribunal a-quo parece exigua, particularmente si se la relaciona con la gravedad y extensión del incumplimiento, su carácter voluntario e injustificado, y el proyecto que la demandante vio frustrado, necesariamente conocido por la contraria por la relación que los unía y tratarse de una empresa profesionalmente dedicada a esta actividad. Por lo mismo, se lo regulará en la suma de $ 10.000.000 que parece condigno al padecimiento moral experimentado”, establece el fallo.

La resolución agrega que: “(…) cuando el banco demandado derechamente decide no cumplir con su obligación sin más antecedentes que una eventual evaluación comercial, que no se efectuó oportunamente o no se consideró por sus propios representantes al momento de decidir el otorgamiento del crédito, de modo evidente incumple, no sólo el deber de diligencia y cuidado ordinario y normal, sino que da cuenta que no manejó negocios ajenos ni siquiera con el cuidado que aun las personas negligentes y de poca prudencia emplean en sus negocios propios, incurriendo en culpa grave o lata”.

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