Tribunal estimó que procedimiento mal ejecutado, empeoró la salud y provocó la muerte de joven enferma.
El Fiscal Mario Concha Matus, obtuvo hoy una sentencia de condena en contra de Manuel Alejandro Montero Carvajal, paramédico, a quién el Juzgado de Garantía de Antofagasta encontró culpable de un delito de negligencia médica, condenándolo por cuasi delito de homicidio en perjuicio de Nicole Verónica Berríos González.
Los hechos por los cuales el fiscal Matus presentó requerimiento en procedimiento simplificado, dan cuenta que el día 23 de enero del año 2008 a las 21:40 horas, un individuo conducía un vehículo cerca del mirador de La Portada volcando desde el acantilado a una altura de 70 metros. La joven resultó con lesiones de carácter grave consistente en TEC cerrado politraumatizada, fractura esguince cervical, fractura hombro izquierdo, fracturas lumbares y fractura pelvis, según el dato de atención de urgencia del Hospital Regional.
Producto de sus lesiones la víctima debió ser intervenida, presentando en los días posteriores una mejoría de salud. El 31 de enero es ingresada nuevamente a pabellón a fin de practicarle una fijación en la cervical, y a pesar de que la condición neurológica y general postoperatoria inmediata de la paciente al terminar la cirugía era normal, la víctima se agravó, falleciendo posteriormente a causa de una falla multiorgánica, sepsis y politraumatismo, segúnsutopsia del Servicio Médico Legal.
Una investigación sumaria, efectuada por la dirección del Hospital Regional determinó que el empeoramiento en la salud de la paciente fue el resultado de un procedimiento de nebulización mal ejecutado.
La acusación del Fiscal Concha da cuenta “que en virtud de dicha investigación sumaria efectuada por instrucción del Director del Hospital Regional y analizada la ficha clínica de la víctima, se pudo establecer que la descompensación posterior a la realización de la fijación quirúrgica de la fractura cervical inestable C5-C6 sufrida por la víctima en la unidad de cuidados intensivos del Hospital Regional de Antofagasta, fue producto de un neumotórax bilateral a tensión secundario a barotrauma tras la realización mal ejecutada del procedimiento de nebulización efectuado el 31 de enero de 2008 por el imputado, ya individualizado, indicado previamente a la extubación programada de la paciente en esa unidad.”
“La descompensación de la víctima ocurre coincidentemente mientras el imputado, ya individualizado, en su calidad de paramédico y en turno que le correspondía llevó a cabo el procedimiento de nebulización a la víctima, indicado con anterioridad por el médico de turno, montando el sistema usado para estos fines directamente sobre el tubo orotraqueal de la paciente desde la red de oxígeno central sin tener como interfase la conexión en Y utilizada para estos fines, la cual permite la espiración y descompresión de la vía aérea de la paciente mientras es nebulizada con oxígeno a alto flujo (8-10 litros por minuto), lo que ocasionó un cuadro de hipoxia severa y mantenida en la víctima, causándole las lesiones neurológicas graves y permanentes lo que derivó en su fallecimiento el día 10 de mayo de 2008.”
En el juicio simplificado declararon peritos y testigos, que ya había sido llamados a declarar durante el sumario administrativo realizado por la Dirección del Hospital.
Se adjuntó tambien nutrida prueba documental, entre ella los protocolos vigentes en el manejo de nebulización en pacientes entubados.
Al término de la prueba se dictó sentencia de condena en contra de Manuel Montero Carvajal, por el delito de cuasidelito de homicidio.
La sentencia con la pena a aplicar será leída el 18 de marzo.















