CRÓNICAVisto 1213 veces — 19 noviembre 2014

El máximo tribunal rechazó por unanimidad el recurso presentado en contra del Servicio Agrícola y Ganadero por la autorización que permite el ingreso de paltas peruanas a Chile.

La Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentados por la Asociación Gremial de Productores y Exportadores de Palta Hass de Chile, la Asociación Chilena de la Papa, ACHIPA A.G. y la Comunidad Indígena Pullalán y otras, en contra el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), por la autorización al ingreso de palta peruana a Chile.

De esta manera, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Andrea Muñoz; además del abogado (i) Arnaldo Gorziglia– confirmó el rechazo de la acción cautelar, ratificando el fallo que ya había emanado desde la Corte de Apelaciones de Santiago el 8 de julio pasado.

“Teniendo en cuenta que la misión de nuestro servicio es la protección del patrimonio fito y zoosanitario de Chile, en el SAG hemos sido siempre muy rigurosos en la evaluación de riesgos ante la entrada de cualquier producto. Lo mismo sucedió con las paltas peruanas, y este fallo confirma que nuestra labor la hemos realizado en forma seria y responsable, lo que nos deja muy satisfechos”, señaló Ángel Sartori, Director Nacional del SAG.

En su fallo, la Corte Suprema señala que el recurso de protección “no es la vía idónea para impugnar la decisión, debido a que tal contienda, por su naturaleza, no es una materia que corresponda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar de urgencia”.

Algunos datos

Cabe recordar que Chile importa paltas frescas para consumo desde Perú bajo regulación SAG desde el año 2006. Sin embargo, fue en el año 2013 que el Comité de Paltas Hass argumentó que el ingreso de estos productos generaba un riesgo fitosanitario para la producción agrícola nacional de paltos, dada la presencia de los viroides Avocado sunblotch viroid (Sunblotch) y Potato spindle tuber viroid (PSTVd) en paltas de Perú.

Para analizar esta controversia, el Servicio estableció una mesa de trabajo con los privados, revisó los estudios entregados por los productores y también realizó sus propios análisis, determinando que estas plagas en frutos no representaban una amenaza real, como para establecer medidas fitosanitarias más restrictivas para el ingreso paltas peruanas a Chile.

Al existir divergencias entre el SAG y los productores de paltas, estos optaron por judicializar el tema, que se resolvió finalmente a favor del servicio la semana pasada en la Corte Suprema.

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