CRÓNICAVisto 1614 veces — 23 abril 2026

Lo que para cualquier empresa, comercio o prestador de servicios del país era una obligación de siempre respetar tarifas, cumplir horarios y responder ante el SERNAC acaba de convertirse en norma para las notarías chilenas. La Ley 21.772, conocida como la Ley de Notarías, entró en vigencia el pasado 2 de abril de 2026 y moderniza un sistema que, dicho con la mayor delicadeza posible, llevaba décadas sin que nadie le pusiera el cascabel al gato.

La normativa modifica el Código Orgánico de Tribunales y hace aplicable la Ley del Consumidor (Ley 19.496) a notarios, conservadores y archiveros, instituciones que hasta ahora operaban en una suerte de limbo regulatorio donde los precios los ponían ellos, los horarios también, y los cargos podían durar toda una vida literalmente.

Concursos y fin de los cargos vitalicios

Uno de los cambios más significativos es el fin de los cargos vitalicios: la ley fija un límite de 75 años para ejercer el cargo y prohíbe que familiares de determinadas autoridades sean incluidos en las nóminas de selección. A partir de ahora, los nuevos notarios, conservadores y archiveros deberán nombrarse a través de concursos públicos mediante el Sistema de Alta Dirección Pública (ADP), el mismo mecanismo que se usa para otros cargos del Estado.

Precios máximos, horarios y digitalización

La reforma establece la fijación de precios máximos para los servicios notariales, a través de un procedimiento técnico a cargo de los Ministerios de Justicia, Hacienda y Economía. Además, impone horarios obligatorios de funcionamiento y requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento tecnológico. En el plano digital, las notarías deberán garantizar acceso remoto y gratuito a los registros, digitalizar sus repositorios de escrituras públicas y habilitar canales de reclamo en línea.

La directora nacional (s) del SERNAC, Carolina González, destacó que la ley “disminuye trámites innecesarios al eliminar alrededor de 12 gestiones que dejarán de requerir paso por notaría, facilitando la vida de las personas”.

El Ministro de Justicia, Fernando Rabat, valoró que la ley disponga que “los precios máximos que pueden ser cobrados por este tipo de instituciones son establecidos por Ley, se deben respetar los horarios de atención y se tienen que cumplir con una serie de estándares de seguridad”.

El Subsecretario de Economía, Karlfranz Koehler, destacó que “esta normativa fomenta la transparencia y el acceso a la información, beneficiando a las personas que día a día deben realizar múltiples trámites ante las notarías, conservadores y archiveros judiciales”.

SERNAC ya “tocó el timbre” en 500 notarías

Con la entrada en vigencia de la ley, el SERNAC oficó a más de 500 notarías a nivel nacional para que se integren al Portal del Proveedor y tramiten eficientemente los reclamos ciudadanos. El organismo informó además que realizará fiscalizaciones focalizadas, tanto presenciales como digitales, en coordinación con el Poder Judicial, para verificar el cumplimiento de las nuevas disposiciones. En caso de detectar infracciones, adoptará “las acciones adecuadas de acuerdo a sus facultades”.

¿Cómo reclamar?

Los consumidores que enfrenten cobros irregulares, mala atención o incumplimientos pueden presentar su reclamo a través del Portal del Consumidor en www.sernac.cl, con Clave SERNAC o ClaveÚnica, llamar al número gratuito del organismo de lunes a viernes entre las 09:00 y 19:00 horas, o acudir a cualquiera de sus oficinas regionales.

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