CRÓNICAVisto 1317 veces — 20 abril 2012

La seremi de Justicia, Lorena Romero Santander, entregó detalles del impacto que tendrá el indulto conmutativo general, recalcando que esta conmutación de penas no pone en riesgo la seguridad pública, el cual se aplicará sólo en cuatro casos.

La seremi de Justicia precisó que el texto contempla que condenados por delitos de baja complejidad y con buena conducta podrán cumplir lo que les queda de su pena en libertad, bajo un régimen de vigilancia.

Mientras que en el caso de extranjeros, dijo que se trata de la aplicación de extrañamiento especial en su país de origen, a quienes están privados de libertad en virtud de una condena por sentencia ejecutoriada y bajo ciertas condiciones específicas.

Para hacer efectiva la expulsión del país, el reo debe elevar la solicitud de indulto dentro de 30 días contados desde la entrada en vigencia de la presente ley. El proceso de extrañamiento del interno beneficiado deberá llevarse a cabo dentro de un plazo de 150 días desde la entrada en vigencia de la ley.

El traslado será custodiado por Gendarmería y la entrega en las fronteras será controlada por Investigaciones, la que se hará por tierra en el caso de peruanos y bolivianos.

Las otras tres figuras, considera a mujeres que actualmente se encuentren condenadas y privadas de libertad, que hubieren cumplido dos tercios de la pena, (2/3) salvo el caso de aquellas que fueren madres de hijos menores de dos años, en que se reducía el tiempo por consideraciones humanitarias, bastándoles que restaran seis meses para que cumplieran los dos tercios de su condena.

Además de condenados que actualmente se encuentren cumpliendo una condena bajo la modalidad del beneficio penitenciario de permiso de salida controlada al medio libre, que han dado pruebas fehacientes de rehabilitación y reinserción, al punto que se encuentran sometidos a un sistema de control en que sólo concurren a  pernoctar al establecimiento penitenciario.

Finalmente, condenados que actualmente se encuentren cumpliendo una condena mediante el beneficio de la reclusión nocturna en establecimientos de Gendarmería de Chile, condenados por delitos menores.

La iniciativa fijó las excepciones al indulto propuesto, estableciendo un catálogo de delitos a los que no se haría extensivo el beneficio, tales como delitos de secuestro, parricidios, homicidios calificados, delitos sexuales cometidos contra menores, entre otros.

En el caso de los condenados por tráfico de drogas, serán tomados en cuenta sólo los extranjeros ilegales. Serán beneficiados quienes tengan cumplida desde un tercio a tres cuartos de la pena, siempre y cuando ésta no sea de presidio perpetuo o perpetuo calificado.

 

 

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