POLÍTICAVisto 1337 veces — 06 marzo 2013

Iniciativa solicita al Ejecutivo estimular su proliferación ante la arremetida de los consorcios internacionales.

Un proyecto de acuerdo que pide al Ejecutivo mecanismos de apoyo para las radioemisoras locales con el fin de estimular su proliferación, fue aprobado esta semana por el pleno de la Cámara Baja. El diputado Manuel Rojas, uno de los impulsores de la iniciativa, aseguró que su objetivo es proteger a estos medios ante la arremetida de los grandes consorcios internacionales.

Efectivamente, el proyecto de acuerdo –que fue aprobado ayer martes por 49 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención-, pide además al Presidente de la República una iniciativa legal que despeje y aclare las “áreas grises” detectadas en la Ley de Prensa, específicamente, en la aplicación y alcance del principio de reciprocidad.

“Creo que es fundamental para una democracia sana, el que exista libertad de información y que todas las opiniones y tendencias políticas tengan acceso a los medios de comunicación. La radio es un medio que mantiene una tremenda penetración y audiencia, por lo que es necesario que existan diversidad y contenidos regionales”, dijo Rojas.

El texto remitido al Ejecutivo, sostiene que aproximadamente el 70% de las radioemisoras en el país se encuentran en la Frecuencia Modelada (FM). Asimismo, se menciona la concentración en este medio, a través de las cadenas de radioemisoras, lo que lleva a que las radios locales no puedan competir por la publicidad.

De acuerdo a la ARCHI, en la actualidad el 55% de la propiedad radial del país está concentrado en cuatro o cinco grandes cadenas: Ibero American Radio Chile (IARC), Grupo Dial, Grupo Bezanilla y Radio Cooperativa.

La escena radial chilena se rige por dos normas: la Ley General de Telecomunicaciones y la Ley de Prensa. En esta última, se establece el principio de reciprocidad, que dispone que las concesiones solicitadas por personas jurídicas con participación de capital extranjero superior al 10%, sólo podrá otorgarse si previamente se acredita que en su país de origen se otorga a los chilenos derechos y obligaciones similares a las condiciones de que gozarán estos solicitantes en Chile.

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